Para esta póliza, Seguros Constitución, C.A. se compromete a pagar, en caso de fallecimiento del asegurado titular, el saldo deudor que resulte del préstamo hipotecario indicado como suma asegurada en el "Cuadro Recibo de Póliza", si fallece en dentro del perÃodo de duración del contrato y si se mantiene vigente de acuerdo a las condiciones acordadas en el contrato y anexos de la póliza.
Notificación y documentos necesarios para el reclamo por fallecimiento del asegurado titular
Ocurrido el fallecimiento del asegurado, se deberán entregar los siguientes documentos en los tiempos establecidos en el condicionado de la póliza:
Para mayor información consulta a tu Asesor de Seguros o llámanos al 0800-CONSTI-1 / 0800-266784-1